Vehículos más seguros, Gomas de calidad par motos
La Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV) fijó una estrategia de trabajo de la sostenida en las cinco áreas recomendadas por las Naciones Unidas para el combate al flagelo de la siniestralidad en el tránsito, haciendo especial foco en las tareas preventivas y la puesta en acción de las buenas prácticas en Seguridad Vial; elementos probados en la experiencia internacional, como efectivas para reducir la incidencia de los accidentes.
El tercer Pilar de esta batería apunta a una mejora tecnológica de los vehículos; conocida como seguridad pasiva y activa de los vehículos. Apuntando a una armonización de las exigencias a la hora de la importación y venta de las unidades, equiparandolas con las normas mundiales vigentes y los sistemas de información a los consumidores. Para reducir la dificultad del costo en la incorporación de estos elementos de seguridad, actualmente se estudian incentivos destinados a acelerar la introducción de las nuevas tecnologías: “Vehículos más seguros”, está que es una política de seguridad es parte de la Acción número 4 del plan de trabajo para el año 2014 de la UNASEV.
Es conveniente atender la calidad de los elementos que integran los vehículos, teniendo como referencia que respecto a los automotores, también se prevé que sus rodamientos deben ofrecer seguridad y adherencia aún en caso de pavimentos húmedos o mojados; esto está establecido en el artículo 29 Literal L de la Ley 18.191 de noviembre de 2007.
Ejemplo de esto es que durante el pasado año 2013, la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Energía y Minería (MIEM), la Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV), el organismo de certificación (LSQA) y los importadores de neumáticos para motos, emprendieron el proceso para la certificación de neumáticos para motocicletas y ciclomotores, extendiendo el alcance del decreto 349/998 de dicha cartera ministerial. El acuerdo de está comisión de trabajo persigue que a través de la actualización de la normativa se posibilitará elevar la calidad de los neumáticos disponibles en el mercado, estableciendo un piso óptimo, y por ende, la seguridad de los vehículos.
El proyecto de Decreto Reglamentario –que incluye un anexo donde se detalla el reglamento técnico con las especificaciones requeridas a los neumáticos nuevos- está pronto y circulando por los Ministerios respectivos (MIEM - MTOP – MRREE – MEF); por cuanto seguramente en el segundo semestre del año en curso, Uruguay estará en condiciones de importar neumáticos de motos con certificación de calidad.
El articulado del proyecto rubricado por los Ministerios de Industria, Ministerio de Transporte, Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Economía y Finanzas; señala que visto la necesidad de reglamentar los requisitos de seguridad y calidad para los neumáticos de ciclomotores, motos, motocicletas, motonetas o similares que circulan en el país. Tomando como base el literal J del artículo sexto de la Ley 18.113, de abril de 2007, que señala que es competencia de la UNASEV reglamentar la seguridad vial y a partir del “Informe Sobre la Situación Mundial de la Seaguridad Vial” de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que establece que la mitad de las muertes mundiales por siniestro s de tránsito corresponden al grupo que integran peatones (un 22%), ciclistas (un 5%) y motociclistas (un 23%), los que son llamados “usuarios vulnerables de la vía pública”.
A nivel nacional, según el Informe de Siniestralidad Vial del año 2013 de la UNASEV, más de la mitad de los muertos en siniestros de tránsito son motociclistas (53%), mientras que los peatones suman el 18% y los ciclistas representan el 3% (Fuente: Sistema de Información Nacional de Tránsito – SINATRÁN). El decreto hace notar que se ha incrementado notoriamente la movilidad de los ciclomotores, motocicletas y similares –según surge del 2do Barómetro de Seguridad Vial de noviembre 2012.
Para la reglamentación en Uruguay se tomó como base una serie de normativas internacionales que establecen requisitos y especificaciones de seguridad para neumáticos de motocicletas, dichas normas son: la NBR NM 250, del año 2010; el Reglamento Inmetro de Neumáticos de Motocicletas y Ciclomotores; la norma técnica internacional NM 224 del año 2000 y las prescripciones técnicas de las Naciones Unidas: Reglamento 75 UNECE R75.
Los neumáticos a partir de está norma se clasifican en la Nomenclatura Común del Mercosur, fabricados en el país o importados, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento Técnico que forma parte de este Decreto.
Por esto las empresas fabricantes o importadoras cada vez que importen o vendan neumáticos deberán contar con un certificado de comercialización de la Dirección Nacional de Industrias, del MIEM.
El MIEM es quien tuvo a su cargo la elaboración del reglamento de los procedimientos para la evaluación de la conformidad.
Por tanto de ahora en más cada vez que se un usuario adquiera su nueva unidad de motocicleta, la empresa vendedora tiene la responsabilidad de entregarla con casco, y cubiertas certificadas.
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