Regulación de marihuana en el tránsito
Controles en agosto
Ya se trabaja en el protocolo de control de marihuana en conductores. A partir de agosto, junto con la Noche de la Nostalgia, se comenzarán a implementar los controles de Thc en el tránsito.
Las Intendencias de Montevideo, Canelones, Maldonado a través de sus cuerpos inspectivos; la Dirección Nacional de Policía Caminera, Junta Nacional de Drogas, Facultad de Química y la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) llevaron adelante la primera convocatoria ampliada a todos los organismos de control del país. En este ámbito se intercambian sobre los aspectos de la instrumentación del nuevo marco operativo necesario para la fiscalización de la presencia de Thc (cannabis) en el organismo de conductores; que empezará en agosto, conjuntamente con la campaña de la noche de la nostalgia.
Las sanciones aplicadas para los que transgredan las normas bajo los efectos de la marihuana serán las mismas que para el caso de los conductores intoxicados con alcohol. Agregó que si se consume marihuana no se podrá conducir vehículos, por lo menos en las próximas 10 horas posteriores, ya que se multiplica el riesgo de tener un siniestro grave con lesionados o fallecidos.
Para ello se incorporarán 2.500 equipos para hacer controles, a través de una muestra de saliva se detectará si hubo o no consumo de esta sustancia. El costo de el equipamiento oscila entre los 85.000 y 100.000 dólares.
El artículo primero del Decreto Reglamentario de la ley número 19.172, de diciembre de 2013 define el Cannabis psicoactivo que se regula; el artículo 41 establece su incidencia a nivel de conductores en el tránsito.
El artículo 41º de la reglamentación recientemente aprobada de la ley de regulación del mercado de la marihuana señala que: Todo conductor que tenga afectada su capacidad debido al consumo de Cannabis psicoactivo se encuentra inhabilitado para conducir cualquier categoría de vehículos que se desplacen en vía pública.
Se considera que la capacidad se encuentra afectada cuando se detecte la presencia de Thc en el organismo.
El Instituto de Regulación y Control de Cannabis (IRCCA) determinará los dispositivos a través de los cuales se realizarán las mediciones y exámenes correspondientes para detectar la presencia de Thc en el organismo.
Luego los funcionarios tanto del Ministerio del Interior, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Intendencias, Municipios y de la Prefectura Nacional Naval podrán realizar los procedimientos y métodos de contralor expresamente establecidos por las autoridades competentes a los fines previstos en el inciso anterior, en sus jurisdicciones y conforme a sus respectivas competencias.
En caso de que al conductor se le constate tetrahidrocannabinol (Thc) en su organismo; podrá solicitar a su costo, la realización de un examen ratificatorio, en las condiciones y modalidades que establezca el IRCCA.
El conductor a quien se le compruebe que conducía vehículos contraviniendo la norma se le retendrá el permiso de conducir y será pasible de las otras sanciones que irán in creyendo de acuerdo a la reincidencia.
Esta establecido que la JND, en coordinación con la Unasev, brindará capacitación, el asesoramiento y los insumos necesarios a los funcionarios que controlen la norma.
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