RECIBIMOS Y PUBLICAMOS:


AGRADECIMIENTO PUBLICO 5

 

Como toda institución esta tiene sus estatutos, y como hay socios que no lo conocen o no lo leyeron, estos son los artículos de los que tienen el deber de defender nuestra institución, o sea sus responsabilidades.

 

DEL PRESIDENTE .- Art. 34º) Son atribuciones y deberes del Presidente : a) Representar al Centro en todos los actos ; b) Presidir las Asambleas y la Comisión Directiva , dirigiendo los debates ; c) Convocar a la Comisión Directiva y a las Asambleas ; d) Fiscalizar y vigilar el cometido confiado a los miembros de la Comisión Directiva ; e) Firmar con el Tesorero y Secretario  , la Memoria y Balance Anual ; f) Proponer a la consideración de la Comisión Directiva las personas que integrarán las Comisiones Especiales .- 

 

DEL VICE-PRESIDENTE.- Art . 35º) En caso de ausencia , vacancia , impedimento temporal o licencia del Presidente ,ejercerá su cargo el Vice-Presidente con sus mismas atribuciones  y deberes .-
DEL SECRETARIO .- Art. 36º) Son obligaciones del Secretario : a ) Redactar y firmar con el Presidente las Actas de las sesiones de las Asambleas y de la Comisión Directiva .-
b) Representar al Centro en todos sus actos , conjuntamente con el Presidente ; c) Refrendar la firma del Presidente en todos los  actos y contratos que celebre el Centro ; d) Firmar las Memorias y Balances ; e) Hacer conocer a la Oficina todas las resoluciones de la Comisión Directiva , f) Presentar a la consideración de  la Comisión Directiva las Actas de las sesiones anteriores para su aprobación . 

 

DEL PRO-SECRETARIO.- Art. 37º) En caso de ausencia , vacancia , impedimento temporal o licencia del Secretario , lo sustituirá el Pro-Secretario , con las mismas atribuciones y deberes . 
DEL TESORERO .-Art. 38º) Son deberes y atribuciones del Tesorero : a) Será depositario responsable de todos los valores que constituyen el Capital Social y colocar adecuadamente los excedente transitorios en las Instituciones Bancarias  ; b) Llevar la contabilidad en forma legal, pudiendo utilizar los servicios de uno o más profesionales designados por la Comisión Directiva; c) Colocar en el Banco que la Comisión Directiva designe , las sumas excedentes después de pagadas las obligaciones sociales ; d) Abonar los créditos con el visto bueno del Presidente y Secretario  , conservando en su poder los documentos comprobatorios hasta el Balance Anual ; e) Presentar a la Comisión Directiva , previo informe de la Comisión Fiscal , los Balances Anuales para su aprobación ; f) Requerir la firma del Presidente , Secretario , y Gerente para el retiro  de cualquier cantidad de dinero depositado en Bancos.
 DEL PRO-TESORERO .- Art. 39º) El Pro-Tesorero sustituirá al Tesorero en los casos de vacancia , impedimento temporal o licencia .-

 

 DE LA COMISION FISCAL .- Art. 40º) a) La fiscalización de la sociedad estará a cargo de una Comisión Fiscal compuesta de tres miembros elegidos conjuntamente con la Comisión Directiva y de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo V de las Elecciones. Sus atribuciones serán las siguientes : a) Examinar mensualmente la contabilidad del Centro y su documentación , elevando informe a la Comisión Directiva.
b) Supervisará todos los Balances informando a la Comisión Directiva de las irregularidades que constate. En caso de no ser tenida en cuenta por la Comisión Directiva la queja o denuncia por irregularidades constatadas , estará facultada para convocar de inmediato a una Asamblea General Extraordinaria ; c) Efectuar arqueos de caja cuando lo estime conveniente , informando de los resultados .-
Los miembros de la Comisión Directiva no podrán , simultáneamente, ser ni titulares ni suplentes de la Comisión Fiscal .

 

CAPITULO VIII.- DEL GERENTE .- Art. 79) El Gerente será el medio permanente de comunicación entre la Comisión Directiva y los socios , y todos los empleados a sueldo de la Institución. Además serán sus deberes : a) Dirigir o efectuar la labor de Oficina ; b) Organizar y distribuir las labores de Secretaría , vigilando que el personal de empleados en general cumpla con sus deberes ; c) Hacer que la cobranza y libros de Secretaría se hallen al día ; d) Tomar  nota de los pedidos y reclamos de los socios y ordenar el envío de notas o citaciones correspondientes en cada caso , previa vista del Presidente o Secretario ; e) Informar a los asociados , cuando lo soliciten de los asuntos de su interés ; f) Llevar los registros ( sociales ) necesarios para el debido control de los socios ; g) Documentar los gastos ordinarios de Oficina ; h) Poner en conocimiento del Presidente , Secretario o Comisión Directiva de aquellos hechos que por su importancia o urgencia reclamen medidas inmediatas ; i) Velar por el exacto cumplimiento de las disposiciones  de la Comisión Directiva y órdenes que emanen del Presidente , Secretario o Tesorero , de quienes depende directamente , j) Cuidar de todos los papeles , documentos y útiles del Centro que se hallen bajo su custodia o vigilancia ; k) Concurrir a las reuniones de la Comisión Directiva y Asambleas ; l) Insertar en el Orden del Día de la Comisión Directiva ; m) Dar garantía suficiente del fiel desempeño de su cargo.

 

Como se podrá observar el artículo del VOCAL,  séptimo directivo de la institución no está, bueno simplemente es porque no existe cargo o responsabilidad alguna, para este cargo, es un cargo para que no haya directivos pares, o sea para que las votaciones en directiva salgan por mayoría.
Por eso sigo sin entender como se suspende al Vocal y más aun sin realizar primero la auditoria externa.

 

En la última asamblea cuando ya esta había terminado, se informa en apuros ahí cuando todos se levantaban, que se venían ultimando detalles para realizar la auditoria.
Según tengo entendido esta se realizara solamente de 2 meses o de algún punto, no entiendo bien, no me queda claro.

 

Carece de seriedad, no con respecto a la empresa que lo realizara, pero si, hacia los socios, no es más que una falta de respeto hacia las personas involucradas.

 

Los socios votaron  unánimemente la auditoria externa en una asamblea, la que debería de ser respetada, por lo menos así lo marca otro artículo del estatuto, para hallar a los responsables de algún hecho, si es que lo hubo.

 

Esta forma de actuar, de no realizar la misma (auditoria externa de la gestión anterior) a lo único que lleva es a pensar es que se esta tratando de ocultar algo para que no aparezca el verdadero responsable, si es que  quieren hacer las cosas bien y se está limpio, no veo porque no la realizan, y de una vez por todas se sepa si hubo responsables de delitos  o no.

 

Creo  que si bien tuvo que haberse  suspendido a alguien primeramente se debió de haber realizado la auditoria y de comprobarse irregularidades, la correspondiente denuncia judicial, salvo que se tratara simplemente de pasar una  factura política, a quienes opinan diferente o están en veredas políticas gremiales distintas.

 

Como siempre agradeciendo a los amigos y no tan amigos que preguntan por el estado de ánimo de mi madre, Vocal mencionada aquí, gracias a todos ustedes, y simplemente decirles que seguiremos hasta lo último, hasta que se haga justicia y aparezcan los realmente culpables si es que los hubo. Y si no los hubo, la rectificación correspondiente.
 
 
Gabriel Rodriguez

   

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